Análisis de la Acción 1 BEPS en la legislación fiscal federal mexicana a partir de 2020: Aspectos legislativos pendientes.
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Resumen
Como resultado de las acciones propuestas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (ocde) en materia de “erosión de la base imponible y traslado de beneficios”, o identificadas en inglés como Base erosion and profit shifting, conocidas por sus siglas como beps, México, y otros países de Europa han integrado a su legislación fiscal diversas disposiciones jurídicas. Las acciones beps son 15 y enfocadas en proporcionar a los países instrumentos nacionales e internacionales que alineen mejor la potestad tributaria de los países miembros de la ocde y del G-20 con las actividades económicas que realizan las empresas a fin de garantizar que los beneficios, empresariales, se graven donde se realizan las actividades económicas que les generan y crean valor. Así mismo señalan plazos para implementar estas acciones y establecen los recursos y la metodología inherente. Entre las acciones que sugiere la ocde se encuentra la referente a cómo abordar los retos de la imposición de la economía digital. Precisamente, la Acción 1 beps se ocupa de esta cuestión. El artículo analiza el cumplimiento de la Acción 1 beps en la legislación fiscal federal mexicana a partir de 2020, y muestrando aspectos que deben legislarse para considerarla cumplida.
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